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Término anticipado
o Retracto del Seguro

Término anticipado

El asegurado podrá poner término anticipado al seguro, en cualquier momento comunicándolo a la Compañía de Seguro o en el mismo intermediario con el cual contrató el seguro. Recuerde que deberá pagar la prima proporcional por el tiempo en que su seguro estuvo vigente.

Infórmese sobre las excepciones que establece el Código de Comercio y las normativas aplicables para poner término anticipado a su seguro.

Retracto de Seguro

El asegurado tiene derecho a retractarse del seguro contratado telefónicamente o mediante cualquier otro mecanismo de contratación. Para ejercer este derecho el asegurado tiene un plazo de diez días corridos desde la fecha de recepción de la póliza. En este caso el asegurado tiene derecho a la devolución de la prima que hubiese pagado.

El asegurado no podrá ejercer este derecho si es que ya ocurrió un siniestro o si ya transcurrieron diez días corridos desde la recepción de la póliza.

En caso de querer ejercer cualquiera de los derechos señalados, le solicitamos comunicarse al número 600 299 3648, o en nuestro sitio web o directamente con el intermediario con el que contrató el seguro.